(Por Hugo Morales/Periodista)
La Corte arribó a la conclusión que en el presente caso “resulta viable continuar con el trámite de diligencias de antejuicio, considerando que la querella no fue promovida por razones espurias… asimismo, no se promovió por razones ilegítimas debido a los motivos por los cuales se plantea, no quebrantan principios o valores constitucionales”. En otro párrafo, los magistrados concluyen que “no existe relación política entre las partes interesadas, razón que permite determinar que tampoco existen motivos políticos”.
En la resolución también se explica que basados en la Convención de Viena, la política exterior es dirigida por el Presidente de la República y ejecutada mediante el Ministerio de Relaciones exteriores y por ende, la querella penal presentada por la Asociación de Dignatarios de la Nación “cumple con los requisitos necesarios para su viabilidad, en virtud que lo argumentado por la entidad querellante permite determinar la existencia de elementos que requieren ser investigados”
Fueron 10 Magistrados los que resolvieron a favor el trámite de antejuicio y dos se opusieron. Ahora, el Congreso analizará los argumentos de la Corte Suprema de Justicia para recomendar o no al pleno se le retire el derecho de antejuicio a Gloria Porras, Bonerge Mejía y José Francisco de Mata Vela.