El Pleno de Magistrados del Tribunal Supremo Electoral por medio del acuerdo 74-2019 decidió autorizar la última prórroga del plazo regulado en el numeral 3 del artículo 1 del acuerdo número 551-2018 referente a la entrega del plan de medios por parte de las organizaciones políticas a través del Sistema Integrado de Distribución Igualitaria, hasta el miércoles 20 de febrero del presente año a las 18 horas.
Ley Electoral y de Partidos Políticos – Artículo 220. Distribución igualitaria de recursos públicos para espacios y tiempos en los medios de comunicación social.
El Tribunal Supremo Electoral, en época de elecciones generales y de diputaciones al Parlamento Centroamericano, para una distribución igualitaria de recursos públicos, espacios y tiempos en los medios de comunicación social, entre los partidos políticos:
a) Formulará el plan de distribución igualitaria de espacios y tiempos, diferenciando entre presidencia, diputaciones y corporaciones municipales. En todo caso, en la distribución igualitaria de espacios y tiempos, se determina lo siguiente: para la presidencia un cincuenta por ciento, para diputaciones un veinticinco por ciento y para corporaciones municipales
un veinticinco por ciento, quedando la facultad del candidato, para que en el caso de diputaciones y corporaciones municipales se pueda ceder, total o parcialmente, el espacio o tiempo en favor del candidato a la presidencia.
Para el efecto se observarán las disposiciones reglamentarias procedentes. No tendrá derecho al cincuenta por ciento aquí regulado, el partido político que no postule candidatos a la Presidencia y Vicepresidencia de la República.
b) Las organizaciones políticas deberán entregar su plan de medios al Tribunal Supremo Electoral para que éste dentro de los treinta días siguientes, presente a los fiscales nacionales, para su aprobación un plan de distribución integrado. En caso de discrepancia el Tribunal Supremo Electoral determinará su aprobación definitiva.