El decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad de San Carlos (Usac), Gustavo Bonilla, consiguió aplazar su citación a la audiencia de primera declaración por un caso de supuestas anomalías en su contratación en el Ministerio Público (MP), durante la gestión de Thelma Aldana.
El profesional presentó una acción de exhibición personal en la Sala Primera de Apelaciones, con el fin de que un juez constate su estado de salud.
Esto propició que la audiencia en el Juzgado Décimo, que conoce el caso en su contra, se reprogramara para el próximo jueves, dándole así un día de diferencia, pues originalmente estaba prevista para mañana.
Simultáneamente, el equipo legal de Bonilla presentó una apelación ante la Corte de Constitucional, en busca de que se restituya el amparo provisional que le permitió frenar en días anteriores su comparecencia a la judicatura en mención.
En contexto
Las acciones legales se dieron después de que la Sala Segunda de Apelaciones revocara el amparo provisional que impidió al Juzgado Décimo seguir citando a Bonilla para rendir su primera declaración y determinar si queda sujeto a investigación.
Este caso habría originado la orden de captura contra la exfiscal general Thelma Aldana, quien permanece en El Salvador desde que trascendió el hecho.
Los detalles
El MP señala a Aldana por la contratación irregular de Bonilla como capacitador de la Unidad de Capacitación de la entidad, bajo el renglón 029.
De acuerdo al contrato administrativo de prestación de servicios profesionales número 1-2015, publicado en el Portal de Guatecompras, Bonilla recibió Q236 mil 774.19 del 6 de enero al 31 de diciembre de 2015.
El contrato explica que la remuneración se hizo de la siguiente manera: un pago de Q16 mil 774.19 que corresponde al período del 6 al 31 de enero de 2015 y once pagos mensuales y consecutivos de Q20 mil, correspondientes al período del 1 de febrero al 31 de diciembre de 2015.
En el contrato se establece entre las responsabilidades del contratado elaborar guías y agendas académicas de cada actividad que se realice, evaluación de los cursos y presentación de informes de las capacitaciones que se ejecuten. Sinembargo se presume que el profesional no desarrolló su trabajo en las condiciones establecidas en el documento, lo cual propició que se accionará contra ambos.