Los magistrados de una sala de apelaciones otorgaron una acción de recusación que solicitó el Ministerio Público (MP), en la cual pidieron que un caso por violación a derechos humanos no siga en manos de la jueza Claudette Dominguez.
En este proceso durante junio de este año, la titular del juzgado A de mayor riesgo resolvió cerrar de forma provisional el caso de 6 ex patrulleros. En la fase de apertura a juicio a criterio de la juzgadora la fiscalía de derechos humanos no presentó evidencias para que demostraran que los sospechosos participaron en hechos de abusos en contra de 36 mujeres de la etnia Achí.
Los magistrados de la sala primera de la corte de apelaciones para casos de mayor riesgo, aceptaron el recurso de recusación, no por la resolución de cerrar el proceso de los sospechosos, pues indicaron que ese no era un motivo para separar a la jueza del proceso.
Si esa resolución a criterio del MP no se encuentra apegada a derecho o difiere de lo manifestado por la juzgadora, tienen a su disposición los recursos legales para hacer valer esa inconformidad, reiterando también; una resolución no es un motivo suficiente para recusas a una juzgadora porque la ley sabiamente tiene previsto los recursos legales. Anabella Cardona, Presidente de Sala
La decisión que el caso penal no siga en manos de Claudette Dominguez, fue tomada porque la juzgadora cuestionó a una testigo de la fiscalía y por sanidad del proceso lo ideal era aceptar la recusación.
Podría a criterio nuestro, existir algún interés indirecto en el presente caso, derivado que estas preguntas que la juzgadora realiza a la señora Estéfana Alvarado Sic. Consideramos que no son encuadrables en lo que el artículo 220 del código procesal establece. Anabella Cardona, Presidente de Sala
Los magistrados resolvieron que el expediente pase al juzgado B de mayor riesgo a cargo de Miguel Ángel Gálvez.