Guatemala se comprometió a cumplir y aplicar el Convenio sobre la Prevención de la Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos y otras Materias, según un documento firmado por el presidente Jimmy Morales y publicado esta semanaen el diario oficial.
El convenio establece que los países firmantes “protegerán y preservarán el medio marino contra todas las fuentes de contaminación y adoptarán medidas eficaces, según su capacidad científica, técnica y económica, para prevenir, reducir y, cuando sea factible, eliminar la contaminación causada por el vertimiento o la incineración en el mar de desechos u otras materias”.
El protocolo entró en vigencia el 27 de marzo de este año y es administrado desde 1977 por la Organización Marítima Internacional (OMI).
En detalle
Luego de adherirse, Guatemala deberá aplicar un “planteamiento preventivo” de la protección del medio ambiente contra el vertimiento de desechos u otras materias.
Para velar por que el protocolo sea cumplido, el país también deberá adoptar las medidas necesarias para la aplicación del documento a todos los “buques y aeronaves registrados o abanderados en su territorio y que carguen en su territorio los desechos u otras materias que estén destinados a ser vertidos o incinerados en el mar”.
Además, tendrá que fomentar “la coordinación con otras organizaciones internacionales competentes y el apoyo bilateral y multilateral” para capacitar al personal científico y técnico responsable de las actividades de investigación y ejecución y obtener información y cooperación técnica relacionada con los procedimientos para reducir al mínimo los desechos y a los procesos de producción limpios.
Mediante el convenio se pretende regular el desecho de sustancias nocivas en el mar.
Gestión de permisos
De acuerdo con el compromiso, se precisará la gestión de permisos para verter los materiales de dragado, fangos cloacales, desechos de pescado y materiales resultantes de las operaciones de elaboración de pescado, buques y plataformas u otras construcciones en el mar.
También puede considerarse el material geológico inorgánico inerte, material orgánico de origen natural y los objetos voluminosos que estén constituidos principalmente por hierro, acero, hormigón y materiales igualmente no perjudiciales físicamente.
Sin embargo, ninguno de estos materiales o desechos se considerará aceptable para verterlo en el mar si contienen niveles de radiactividad mayores a las concentraciones mínimas definidas por el Organismo Internacional de Energía Atómica, reza el documento.