El Centro para la Defensa de la Constitución (Cedecon), denunció fallos contradictorios y evidencia de abusos por parte de los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC).
Stuardo Ralón, presidente de esa institución indicó que por medio de un análisis realizado desde marzo de 2016, fecha que asumió la séptima magistratura se pudo evidenciar que los magistrados han actuado de forma contradictoria. Para el caso cita un ejemplo:
“Se permite a una entidad hidroeléctrica volver a poner su negocio en marcha y en paralelo realizar procedimiento de consulta con el convenio 169 de la OIT. Meses después, la Corte en otro fallo respecto al mismo convenio suspende las operaciones de una entidad, también relacionada a Recursos Naturales, indicando que si se haga la consulta, pero que las operaciones quedan suspendidas. Es el mismo convenio y con meses de diferencia entre una resolución y otra. Una empresa puede continuar su operación en marcha y otra empresa es suspendida y lleva más de un año en esa situación”.
La corte ha resuelto en sentido contrario, situaciones similares, es decir la Corte lleva muchísimos expedientes en su conocimiento, pero esto llama la atención en aquellos casos en los que por ejemplo, el mismo convenio para una entidad tiene un sentido y para la otra es diferente. Señala Ralón
El entrevistado también agrega que para los artículos petrios una situación política es gramatical mientras que otra situación que también tiene cierta carga política no es gramatical. Destaca que entonces los expedientes lo que buscan es poner en una matriz de confrontación resoluciones totalmente contradictorias, cuando se ha estado en discusión o interpretación la misma norma constitucional o convenio internacional.
Otra de las contradicciones fueron las resoluciones en el caso del trabajo a tiempo parcial y en el tema de aspiraciones de la excandidata presidencial Sury Maite Ríos Sosa.
En el informe presentado por Cedecon destaca lo siguiente:
- La Corte de Constitucionalidad no puede asumir las funciones del poder ejecutivo, legislativo o judicial.
- No pueden suspender la aplicación de normas o plazos constitucionales expresos.
- No pueden variar o modificar el contenido de las normas constitucionales.
- Cuando existen fallos contradictorios se puede evidenciar el abuso de poder.