Un tribunal madrileño ha obligado a la aerolínea de bajo coste Ryanair a devolver el suplemento de 20 euros (unos 22 dólares) que cobró a una mujer por llevar a bordo una maleta de mano además de su bolso personal.
El juzgado de lo Mercantil número 13 de Madrid consideró la medida de la empresa irlandesa como “abusiva” y concluyó que infringe la normativa europea.
En el fallo, se indica que las “escasas dimensiones” del equipaje permitían “perfectamente” que fuera colocado en la parte inferior del asiento delantero, por lo que no puede ser considerado como un bulto.
Para poder embarcar en el avión, la mujer tuvo que abonar 20 euros adicionales, lo cual fue calificado por el tribunal como una transgresión de los derechos del consumidor, que va más allá de la norma comunitaria que permite a las aerolíneas establecer tarifas libremente por sus servicios.
Sin embargo, la sentencia atiende la demanda solo parcialmente y denegó a la demandante la indemnización de 10 euros por daños morales que pedía, alegando que el malestar generado por el incidente no fue suficiente como para ser compensado.
La sentencia, que fue dictada hace unas semanas, ya es definitiva tras haber expirado el plazo de apelación.