Diputados de diversas bancadas presentaron una iniciativa de ley de reformas a la ley orgánica del Crédito Hipotecario Nacional, con el objetivo de agilizar el uso de los fondos aprobados en atención al COVID-19.
Según los congresistas, la falta de actualización de la ley orgánica de la entidad bancaria, “limita la capacidad competitiva en materia operativa, administrativa, comercial y financiera para ejecutar o transferir los recursos financieros de manera pronta, oportuna y ágil”.
Ante esto los diputados buscan reformar seis artículos del Decreto Número 25-79 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala.
El primero es el artículo 7, el cual queda de la siguiente manera: “Artículo 7. Capital autorizado. El capital autorizado de El Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala es de cinco mil millones de quetzales (Q.5,000,000,000.00).”
Las otras reformas se aplican a los artículos 23, a las literales h), l) e y) del artículo 27; a los artículos 44 y 50; también se adiciona el artículo 51 bis al Decreto Número 25-79, que aborda el tema de descuentos.
Ley de rescate a las familias
La iniciativa también contiene dos reformas a la Ley de Rescate a las familias por los efectos causados por el COVID-19.
Una relacionada la vigilancia, inspección y todas aquellas funciones que le han sido asignadas a la Superintendencia de Bancos, conforme a la Ley, sobre los fondos creados y normados en los Decretos Números 12-2020 y 13-2020 del Congreso de la República.
La otra, a los recursos que financiarán los programas identificados en los artículos 2, 3 y 4, provenientes de la colocación de Bonos del Tesoro.
Según indicaron los diputados, la Ley Orgánica del CHN se modificó por última vez hace 41 años.
Puede leer aquí el contenido de la iniciativa de Ley: 6. REFORMAS AL DECRETO 25-79 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA, LEY ORGANICA DEL CREDITO HIPOTECARIO NACIONAL DE GUATEMALA-1