Este lunes fue publicado en el Diario Oficial el Decreto 25-2020 del Congreso de la República, que da vida a esta disposición.
El artículo 2, que explica el establecimiento del Fondo indica que dicha prestación se otorgará con carácter extraordinario y obligatorio, y debe hacerse efectiva antes del 30 de agosto del 2020.
Indica que el Ministerio de Finanzas Públicas (Minfin) y el Crédito Hipotecario Nacional (CHN), establecerán el monto de la bonificación extraordinaria que corresponde, tomando en consideración el número total de los pensionados y jubilados del Estado.
Recursos
Respecto a los fondos, el Decreto establece que se destinarán ciento cincuenta millones de Quetzales (Q150,000,000.00), de los recursos establecidos en el Fondo de Protección del Empleo.
El presente decreto entra en vigencia el martes 7 de julio.
Puede consultar el Decreto completo en la edición legal del Diario de Centroamérica.