Este martes fue publicado en el Diario de Centroamérica lo acordado por el Consejo Municipal en la sesión celebrada el pasado 6 de agosto, en donde se conocieron y analizaron las recomendaciones emitidas por la Coordinadora Municipal de Reducción de Desastres (COMRED), sobre tomar medidas de mitigación que prevengan el incremento de casos de COVID-19.
Esto derivado de la posible migración de pobladores del municipio de San Pedro Sacatepéquez San Marcos, en donde se extremaron las restricciones por el incremento de casos del nuevo Coronavirus, por lo que oficializan el cierre de actividades no esenciales en todo el territorio por trece días con excepción de las siguientes:
a.1 Servicios farmacéuticos, con atención de 24 horas.
a.2 Expendio de alimentos, exclusivamente para repartir a domicilio (con las autorizaciones correspondientes) durante las 24 horas.
a.3 Tortillerías pueden permanecer abiertas en horario de 5:00 a 17:00 horas.
a.4 Servicios de telefonía, con atención 24 hrs.
a.5 Servicios a domicilio de gas propano (únicamente una persona), con atención de 24 horas.
a.6 Servicio a domicilio de agua potable de 5:00 a 17:00 horas.
a.7 Expendio de alimento para animales de 5:00 a 17:00 horas.
a.8 Servicios de salud y laboratorios.
Otras restricciones
En el acta se recomienda a las instancias y dependencias de Gobierno, atender únicamente situaciones de emergencia.
Asimismo se prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas desde las 15:00 horas a las 5:00 del día siguiente. Se anuncia el cierre de mercados y plazas comunitarias, el cierre de atención al público de restaurantes, cafeterías y lugares que por la naturaleza del giro comercial vendan alimentos preparados, solo se permitirá el servicio a domicilio.
Se restringe la circulación del transporte urbano en las modalidades de buses, microbuses y taxis dentro de la circunscripción territorial del municipio de San Marcos, de igual forma para el transporte extraurbano que ingrese al municipio.
Vehículos particulares: Se autoriza la circulación, con un máximo de 3 tripulantes, siendo estos el piloto y dos acompañantes. Además se advierte que habrá sanciones para quienes presten servicios remunerados para el traslado de personas a diferentes áreas. Respecto a las motocicletas, estas sí están autorizadas para circular.
Reuniones: Se prohíbe todo tipo de reuniones sociales, culturales, deportivas, religiosas y celebraciones de cualquier índole que aglomeren personas. También se prohíbe la apertura de gimnasios y lugares recreativos.
Todos los establecimientos comerciales de aldeas y cantones del municipio no esenciales permanecerán cerrados, únicamente podrán brindar servicios a domicilio. Tampoco se permitirá el ingreso de comerciantes de otras jurisdicciones municipales o lugares de la República de Guatemala y tampoco se permitirá el expendio o desplazamiento comercial a otros municipio, únicamente para el abastecimiento de alimentos.
Transporte pesado: Se aprueba el ingreso de transporte pesado de más de 3.5 toneladas en horario de las 20:00 a 17:00 horas y se prohíbe que estos se estacionen en áreas públicas por más de 24 horas.
Municipalidad y Bancos: La municipalidad no atenderá al público, salvo situaciones de emergencia. Respecto a los bancos, solo deben habilitar una ventanilla especial para operaciones de emergencia.
El Consejo Municipal solicita al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social dictar las directrices de vigencia y control epidemiológico en jurisdicción del municipio y departamento de San Marcos.
Estas disposiciones entran en vigencia a partir de hoy.