Este jueves fue publicado en el Diario Oficial el Acuerdo número 01-2020 del Instituto para la Asistencia y Atención a la Víctima del Delito (Instituto de la Víctima), que contiene el Reglamento de Criterios de Admisibilidad y/o de viabilidad que se aplicarán para brindar asistencia y atención a la víctima del delito.
El artículo 1 explica que los criterios de admisibilidad y/o viabilidad, son el conjunto de parámetros o factores que se aplicarán para brindar la asistencia y atención a la víctima, los cuales se delimitan en función de condiciones de vulnerabilidad e impacto del daño, para la recuperación integral de la víctima del delito.
Los artículos 2 y 3 definen cuáles son estos parámetros o factores de admisibilidad y/o viabilidad que se evaluarán en cada caso y son los siguientes:
El artículo 4 señala que dichos criterios podrán ser modificados o ampliados por el Consejo Directivo, con base en sus facultades legales. Asimismo establece que el Director o Directora General del Instituto es el responsable de regular en el Reglamento de Ley el desarrollo específico de los criterios incluidos por el Consejo Directivo de conformidad con lo establecido en su ley orgánica.
Lea el documento completo en la edición legal del Diario de Centroamérica