A casi tres meses para que se haga efectivo el pago del aguinaldo, el ministerio de trabajo (Mintrab) hace un llamado a la Corte de Constitucionalidad (CC) para que aclare el camino sobre la suspensión del Acuerdo 250-2020, que establecía los procedimientos que podían optar los patronos que tenían dificultad para pagar el Bono 14 de sus trabajadores.
El acuerdo fue suspendido de forma provisional por la CC, sin embargo, autoridades del Mintrab, consideran que dicho acuerdo también aplicaría a la forma de pago del aguinaldo.
Rafael Rodríguez, titular de la cartera laboral, señaló que ya se han evacuado varias audiencias, por lo que esperan una pronta respuesta, antes de que llegue el 15 de diciembre.
Esa norma está bien hecha, sino no la hubiéramos hecho, no vamos a hacer algo ilegal, nosotros aprobamos el acuerdo para habilitar el proceso de pago por esa vía… sabemos que hay bastante trabajo allí, pero que pudieran resolver esto antes de llegar a diciembre, precisó Rodríguez.
Regulación de pagos
El acuerdo ministerial 250-2020 del Mintrab, detalla la forma en que los patronos podían hacer efectivo el pago del Bono 14, para ello, se tendría que presentar un acta notarial de declaración jurada, y una certificación de los índices de solvencia, liquidez y endeudamiento hasta el 30 de junio de éste año. A esto se incluye un informe del pasivo registrado de manera contable del Bono 14.
Con estos requisitos se evitarían sanciones por incumplimiento de pago del derecho laboral. A criterio de autoridades laborales, el acuerdo, podría seguir la misma ruta para apoyar a los empresarios con el pago del aguinaldo.
El Aguinaldo
La ley reguladora de la protección del aguinaldo, decreto 76-78, establece que el aguinaldo deberá ser otorgado en dos partes. El 50 por ciento debe hacerse efectivo en la primera quincena de diciembre y el resto durante la segunda quincena de enero siguiente.
Con información de Daniel Collin