El año 2021 inició violento para las mujeres guatemaltecas, de acuerdo con datos con los que cuentan los cuerpos de socoro en lo que va del año cerca de 28 mujeres han sido asesinadas de forma violenta.
Tan solo en los primeros 7 días del año, fueron asesinadas 18 mujeres, a 10 de ellas las balas le quitaron la vida.
En promedio murieron de forma violenta más de una mujer cada día.
Datos de 2020
Se los datos con los que cuenta el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), en todo el año 2020 murieron un total de 359 de forma violenta en tres aspectos.
Por arma de fuego 278.
Arma Blanca 47.
Estranguladas 34.
Para hacer el total de 359.
Tan solo el mes de enero de 2020 fallecieron 40 mujeres, 31 de ellas por arma de fuego, 6 por arma blanca y 3 estranguladas.
Delito de femicidio
Según la Ley contra el Femicidio y otras Formas de Violencia
Contra la Mujer en su artículo 6 establece:
Femicidio. Comete el delito de femicidio quien, en el marco de las relaciones desiguales de poder entre hombres y mujeres, diere muerte a una mujer, por su condición de mujer, valiéndose de cualquiera de las siguientes circunstancias:
a. Haber pretendido infructuosamente establecer o restablecer una relación de pareja o de intimidad con la víctima.
b. Mantener en la época en que se perpetre el hecho, o haber mantenido con la víctima relaciones familiares, conyugales, de convivencia, de intimidad o noviazgo, amistad, compañerismo o relación laboral.
c. Como resultado de la reiterada manifestación de violencia en contra de la víctima.
d. Como resultado de ritos grupales usando o no armas de cualquier tipo.
e. En menosprecio del cuerpo de la víctima para satisfacción de instintos sexuales, o cometiendo actos de mutilación genital o cualquier otro tipo de mutilación.
f. Por misoginia.
g. Cuando el hecho se cometa en presencia de las hijas o hijos de la víctima.
h. Concurriendo cualquiera de las circunstancias de calificación contempladas en el artículo 132 del Código Penal.
La persona responsable de este delito será sancionada con pena de prisión de veinticinco a cincuenta años, y no podrá concedérsele la reducción de la pena por ningún motivo.
Las personas procesadas por la comisión de este delito no podrán gozar de ninguna medida sustitutiva.
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