En reunión de la Comisión de Economía del Congreso de la República, el Superintendente de Administración Tributaria (SAT) Marco Livio Díaz, explicó sobre el criterio 2-2021 para acreditar el Impuesto de Solidaridad (ISO) al Impuesto Sobre la Renta (ISR) en el caso de las empresas que tenían convenio.
La superintendencia emitió el criterio 2-2021 que permite la acreditación de lo pagado bajo convenio o pagado extemporáneamente al ISR que corresponde. Ustedes saben que el ISO se paga un año y se acredita el año siguiente. Entonces emitimos un criterio institucional para facilitar la acreditación, para que no haya doble acreditación y no hayan problemas de confiscación de impuestos. Indicó
El jefe de la entidad tribudaria destaca que con el criterio emitido el 19 de enero, se cumplió con una expectativa de los contribuyentes, especialmente con todo los medianos y pequeños que son los que mas sufren para acreditarlo.
La acreditación al ISR de quienes solicitaron pagar el ISO cada trimestre, se había eliminado por una administración pasada, por lo que empresarios consideraban que era una doble tributación.
En el 2020 un grupo de diputados propuso por medio de una iniciativa de ley, eliminar el impuesto de solidaridad, sin embargo esto no sería recomendable señaló Marco Livio Díaz, ya que el aporte del ISO es superior a los Q5 mil millones.
El Estado de Guatemala recibe Q5 mil 200 millones de ISO y yo creo que en este momento no se puede eliminar ese impuesto, creo que es un impuesto mínimo que pagan las compañías y que las que tienen mayor ganancia lo acreditan al impuesto a la renta, si un año no hay utilidad lo pueden acreditar durante los siguientes tres años. Así que si es un impuesto que sigue acreditable y en ese sentido yo creo personalmente que no hay necesidad de eliminar el ISO.
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