El Tribunal Supremo Electoral (TSE) emitió la resolución 16-2021 con la que deja sin efecto la 10-2021, de fecha tres de marzo; en la que clasificaba como reservados, todos los expedientes de investigación de la Inspectoría General a partir de 2020.
El documento indica que el pleno emitió la resolución considerando el artículo 30 de la Constitución Política de la República de Guatemala, que establece:
Todos los actos de la administración son públicos. Los interesados tienen derecho a obtener, en cualquier tiempo, informes, copias, reproducciones y certificaciones que soliciten y la exhibición de los expedientes que deseen consultar, salvo que se trate de asuntos militares o diplomáticos de seguridad nacional, o de datos suministrados por particulares bajo garantía de confidencia”.
Asimismo consideró la Ley de Acceso a la Información Pública y una sentencia de la Corte de Constitucionalidad de fecha 3 de mayo de 2018, en la que estableció que los órganos estatales están obligados a cumplir con las funciones que la propia Constitución y las leyes les han encargado; teniendo como parte fundamental aquellas que den cuentan de sus atribuciones.
Es decir, actuar con extrema transparencia para que el pueblo pueda tener conocimiento y fiscalizar las decisiones que se toman, ya que este es el que ostenta el poder y los funcionarios son meros delegados del mismo”.
De esa cuenta manda a que la resolución se comunique a la Unidad de Acceso a la Información Pública y que se publique en el Diario Oficial.