Con votación unánime, el Consejo Municipal del municipio de San José Chacayá del departamento de Sololá aprobó modificar las disposiciones que exigían la vacunación contra el COVID-19 a algunos sectores, entre otras acciones.
El Acuerdo 39-2021 se publicó este lunes en el Diario Oficial y establece modificaciones a los artículos tres, cinco, seis, ocho, diecisiete y veintidós del acuerdo 36-2021 que entró en vigencia el 17 de septiembre.
¿En qué consisten las modificaciones?
En el acuerdo anterior se empleó la palabra “se exige” para dirigirse a los prestadores y/o conductores de transporte colectivo y carga; así como a los propietarios y dependientes de diversos comercios; así como de restaurantes y toda venta de comidas; en cuanto a la aplicación de las vacunas.
Hoy la normativa emplea las palabras recomendar y orientar, para instar a la vacunación.
Dos artículos quedan sin efecto
Asimismo derogan el artículo 10 en el que se pedía a las personas que se rehúsan a recibir la vacuna; presentar constancia o certificación médica que compruebe el motivo de no suministrarse el inmunizador.
También queda sin efecto el artículo 13 en el que hablaba de suspensión de servicios de no cumplir con las disposiciones.
Sanciones vigentes
Las autoridades también modificaron el artículo 17 que se refiere a las sanciones, este queda de la siguiente manera:
“En caso de incumplimiento a los artículos 3,4,5,6,7,8,11 y 12 de las presentes disposiciones municipales, se emitirán las siguientes sanciones:
- a) Amonestación verbal; b) amonestación escrita a través de la Comisión de Salud Municipal; c) en caso de reincidencia se aplicará sanción económica desde Q50.00 a Q500.00.
Vigencia de medidas en San José Chacayá
El artículo 8 del acuerdo, modifica el 22 del anterior y establece que estas modificaciones cobrarán vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario de Centroamérica y pierde vigencia cuando se vacune el 80% de la población del municipio, en base al reporte estadístico que emite el Ministerio de Salud.