El Ministerio de Agricultura Ganadería y Alimentación (MAGA), publicó el Acuerdo Ministerial 224-2021, donde aprueban el instrumento Técnico-Sanitario creado para el Programa de Vacunación Temporal Emergente y Preventivo (profiláctico) en todo el territorio nacional contra la enfermedad denominada “Influenza Aviar de Alta Patogenicidad H7N3” para continuar el plan de vacunación.
El documento indica en el artículo 2, que se establece un protocolo técnico-sanitario cuyo objetivo es el de establecer los procedimientos normativos, técnicos y metodologías para permitir la vacunación a nivel nacional en el sector avícola.
Detalles
MAGA dio a conocer los aspectos de la vacunación:
-La duración es de dos años prorrogables de 2021 a 2023.
– La vacuna será autorizada por la Dirección Sanidad Animal, a través del Programa Nacional de Sanidad Avícola (PROSA) y del Departamento de Registro de Insumo para Uso de Animales; utilizando el formulario para Productos biológicos.
-Los médicos veterinarios oficializados, serán los responsables ante PROSA de recibir, controlar, aplicar y reportar mensualmente, la programación y aplicación de las dosis de vacuna que reciban, con el visto bueno del Representante Legal de la entidad mercantil o del propietario de la unidad de producción.
-Las unidades productivas registradas en el Programa, deben vacunar en un radio de 3 kilómetros, alrededor de las mismas, las aves de traspatio o familiares que hubiere con la autorización del PROSA.
-Se debe reportan la mortalidad de aves fuera de lo usual o que las mismas presenten sintomatología clínica compatible con influencia aviar.
El incumplimiento a dichas recomendaciones serán sancionadas conforme a la Ley de Sanidad Vegetal y Animal.
Dentro del inciso 1.8 se indica que el Laboratorio de Diagnóstico de la Dirección de Sanidad Animal, ubicado en el kilómetro 22 ruta al Pacífico, realizará las pruebas diagnósticas de: Inmunodifusión en agar gel, inhibición de las hemoaglutinación y pruebas moleculares.
Población animal a proteger
Según el Acuerdo, la prioridad es proteger a las aves productoras, ponedoras, comercial, pollo de engorde, aves traspatio o familiares. Las dosis serán administradas de la siguiente forma ►
Por último, como parte de la investigación y vigilancia, se determina que dejarán a las llamadas aves centinelas, 50 aves que no serán vacunadas plenamente identificadas para muestra serológicas y de investigación.
Lo establecido en el Acuerdo Ministerial entra en vigencia este 4 de noviembre de 2021.
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