El Ministerio de Trabajo convocó a la integración de las comisiones paritarias de salario mínimo para actividades agrícolas, no agrícolas, de exportación y de maquila; de las circunscripciones económica CE1 y CE2.
Que como lo establece el Acuerdo Gubernativo 285-2021 corresponden al departamento de Guatemala (CE1) y a los otros 21 departamentos del país (CE2).
Para ello, los representantes de los distintas actividades productivas, deberán presentar la papelería correspondiente a la secretaría general de la cartera laboral, ubicada en la zona 9.
Qué debe contener cada expediente
Cada propuesta deberá contener el listado de cuatro candidatos, en donde se deberá señalar a los titulares y suplentes para integrar cada una de las nuevas comisiones que en total serán seis, pero previamente, deberán cumplir con los requisitos que establece el artículo 106 del código de trabajo.
La presentación de candidatos deberá realizarse a más tardar el 18 de enero próximo.
Por aparte, tal y como lo establece el código de trabajo, en enero se hará la convocatoria para integrar la Comisión Nacional de Salario y las comisiones paritarias.
Cómo quedarán integradas las nuevas comisiones
El pasado 22 de diciembre, el Ministerio de Trabajo detalló cómo deben quedar integradas las nuevas comisiones paritarias. Según el artículo 3 del Acuerdo Gubernativo 285-2021 estas deben contar con las siguientes personas:
*Dos empleadores titulares y un suplente
*Dos trabajadores sindicalizados titulares y un suplente
*Un inspector de trabajo y su respectivo suplente
*La presidencia de la comisión le corresponderá al inspector de trabajo
Estas comisiones podrán sesionar de manera presencial o virtual, bajo la salvedad de que estas reuniones deben ser públicas.
Según el artículo 5, las comisiones paritarias de salarios mínimos de las diferentes actividades económicas creadas de acuerdo con el acuerdo gubernativo número uno, del 1 de febrero de 2021, deben continuar en sus funciones hasta que se creen las comisiones paritarias de salario mínimo por circunscripción y actividad económica.
Con información de Daniel Collín**