El Concejo Municipal de Antigua Guatemala aprobó modificaciones al reglamento para la regulación del estacionamiento de vehículos en espacios públicos dentro del perímetro urbano colonial y áreas circundantes del municipio.
Se trata de reformas a siete artículos, lo cual tiene por objetivo cumplir con el régimen especial de conservación y protección de la ciudad colonial como patrimonio cultural, debido a que según la parte considerativa; el aumento de la circulación y uso de la Vía Pública por los vehículos en general, está contribuyendo al deterioro y pérdida de su monumentalidad.
Zona de estacionamiento
El artículo dos modifica al cuatro y señala que se define como zona de estacionamiento regulado, las áreas de la vía pública que no están marcadas con línea roja, amarilla o azul en el municipio de Antigua Guatemala.
De la misma manera en el artículo tres que modifica al seis explica que motocicletas, bicicletas, trimotos y cuatrimotos; deben hace uso exclusivo de las áreas de estacionamiento señaladas con Línea Blanca.
Prohibiciones
El artículo cuatro, modifica al séptimo y establece que queda prohibido el estacionamiento en ese municipio, de cualquier tipo de vehículo de dos ruedas, trimotos, cuatrimotos; en las áreas de la vía pública marcadas con línea roja, amarilla, azul o cualquier área distinta a la establecida para este tipo de vehículos.
“Se prohíbe usar línea blanca y cualquier otro espacio de la vía pública para el estacionamiento de motos de reparto a domicilio y trimotos, cuatrimotos de empresas que prestan el servicio de renta de vehículos de este tipo y/o uso, ya que deberán de contar con parqueo propio”.
De igual manera indica que está prohibido colocar toda clase de objetos para reservar o apartar espacio para estacionamiento, así como señalizar horizontalmente en la vía pública que sólo lo puede hacer la Policía Municipal de Tránsito.
Tasas de parqueo público en Antigua Guatemala
Las autoridades también modificaron las tasas de parqueo público que estaban reguladas en el artículo cinco, las cuales se deben cancelar a los agentes de la Policía Municipal ubicados en los puestos de cobro autorizado. Las tasas quedan de la siguiente manera:
Multas
Los agentes de tránsito verificarán los vehículos estacionados en la vía pública y en caso no hay efectuado el pago correspondiente, procederá a imponer las multas de conformidad con el reglamento. Estas son las multas que los infractores pueden recibir.
Excepciones
El artículo ocho que modifica al quince, indica las excepciones en cuanto a la aplicación de estas medidas. En estas excepciones se encuentran los vecinos de la Antigua Guatemala, así como personas individuales o jurídicas que posean inmueble o vivienda en el municipio.
También señala que las personas individuales o jurídicas que no sean del municipio de Antigua Guatemala pero que utilicen los parqueos de manera frecuente tienen la opción de optar a una calcomanía de estacionamiento de visitante que tiene tarifas anuales especiales.
Para recibir estas exoneraciones los interesados deben presentar una serie de requisitos incluidos en el acuerdo.
Además señala que los vehículos de dos ruedas están exentos del pago por estacionamiento.
Vigencia
El acuerdo es de vigencia inmediata.