La Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del Departamento de Guatemala, declaró Con Lugar el Recurso de Apelación planteado por la Fiscalía de Delitos Contra la Vida e Integridad de las Personas del Ministerio Público. Por medio del cual se revoca el auto de fecha 20 de enero del año 2022, proferido por el Juzgado Décimo Pluripersonal de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del Departamento de Guatemala, por medio del cual decretó el Sobreseimiento a favor de los sindicados José Antonio Coro García y Víctor Gonzalo Alvarizaes Monterroso, por los delitos de Homicidio Culposo y alternativamente por Incumplimiento de Deberes. Ordenando como consecuencia, reanudar el proceso penal en contra de los sindicados en mención, para lo cual deberá decretarse el Auto de Apertura a Juicio correspondiente.
Investigación
La Fiscalía sostiene que tanto Antonio Coro como Víctor Alvarizaes, tendrían responsabilidad en la tragedia ocurrida en la comunidad Cambray II el 1 de octubre de 2015, por supuestamente no advertir a los pobladores sobre los riesgos de habitar en el lugar, donde fallecieron un estimado de 300 personas a causa de un alud.
El Ministerio Público, argumenta que dicha omisión se hizo a pesar de que la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres (Conred) había indicado que el área de “El Cambray”, Santa Catarina Pínula, era inhabitable, debido a los riesgos latentes.
Foto de los trabajos de rescate luego de la tragedia.
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