A partir de este martes 5 de abril el subsidio a los combustibles que fue aprobado por el Congreso de la República, mediante el Decreto 20-2022 entra en vigencia.
Se trata de la Ley de Apoyo Social Temporal a los Consumidores de Diésel y Gasolina Regular, que establece otorgar un apoyo social temporal a los consumidores de diésel y gasolina regular por dos meses.
Por lo que en cumplimiento con dicho Decreto, el Ministerio de Energía y Minas (MEM) publicó un acuerdo ministerial para regular los aspectos relacionados con los precios máximos de referencia para el consumidor y en terminal (Ex-Rac).
Lo cual tiene por objetivo velar por la adecuada implementación del apoyo social temporal del diésel y gasolina regular.
Lineamientos para su aplicación
El Acuerdo Ministerial 95-2022 del Ministerio de Energía y Minas establece los lineamientos para la aplicación del subsidio e incluye aspectos relacionados con el requisito para que las importadoras puedan recibir el subsidio, la actualización de precios semanales, entre otros aspectos.
El artículo 1 indica que los precios máximos de referencia en terminal (Ex-Rack) determina las empresas importadoras que podrán optar al apoyo social temporal de diésel y gasolina regular.
Por otro lado indica que los precios máximos de referencia al consumidor, determinan el apoyo social temporal reflejado en el precio para el consumidor en estación de servicio.
“Este precio se calcula para las 22 cabeceras departamentales del país, en la modalidad de autoservicio considerando las condiciones particulares del mercado en las diferentes regiones del país”, tal como lo establece el artículo 3 del reglamento de esta ley.
Actualización semanal de precios
En el artículo 2, el MEM ordena a la Dirección General de Hidrocarburos a que calcule semanalmente los precios máximos de referencia aplicables al apoyo social temporal, debiendo tomar como base los precios internacionales de los combustibles en la Costa del Golfo de los Estados Unidos.
En el Acuerdo se establece la estructura para el cálculo de los precios máximos de referencia en terminal para diésel y gasolina regular; así como para el cálculo de los precios máximos de referencia para el consumidor en autoservicio.
Según el artículo 3, los precios máximos de referencia se publicarán en la página web del MEM cada semana, o cuando existan variaciones en el precio internacional que afecten los precios del mercado nacional del diésel y gasolina regular.
Asimismo, con fines informativos, la cartera publicará en sus redes sociales, los precios máximos de referencia de los productos petroleros a los que hace alusión el presente Acuerdo Ministerial. El presente acuerdo entra en vigencia a partir de hoy.
Precios de referencia
En cumplimiento con el presente acuerdo, el MEM publicó los precios de referencia para los consumidores de diésel y gasolina regular vigentes del 5 al 11 de abril de 2022 en estaciones de servicio (modalidad autoservicio).