Investigadores de la División Nacional Contra el Desarrollo Criminal de las Pandillas, (DIPANDA), informaron que procedieron a la captura de una mujer que fue identificada como: Hanyi Samara Ochoa, de 32 años.
La detención se registró en la colonia Jardines de la Asunción, zona 5, por tener dos órdenes de aprehensión emitidas por juzgados de Sacatepéquez y Guatemala, por el delito de extorsión, con fechas del 15 de julio y 9 de noviembre de este año.
Hanyi Samara es presunta integrante de la mara 18 y cobraba extorsión a transportistas y comerciantes de diferentes sectores de Sacatepéquez y Guatemala en los años 2015, 2016, 2017 y 2019.
Fue trasladada al juzgado correspondiente para solventar su situación legal.
Mujer capturada por segunda ocasión por extorsión
¿Qué es una Extorsión?
Según la Real Academia Española (RAE): Presión que se ejerce sobre alguien mediante amenazas para obligarlo a actuar de determinada manera y obtener así dinero u otro beneficio.
Código Penal
De acuerdo con el Artículo 261 del Código Penal. Extorsión: “Quien, para procurar un lucro injusto, para defraudarlo o exigirle cantidad de dinero… obligue a otro a entregar dinero o bienes… será sancionado con prisión de seis a doce años”.
El Artículo 262. del Código Penal. Chantaje. “Comete delito de chantaje quien exigiere a otro, dinero, recompensa o efectos, bajo amenaza directa o encubierta de imputaciones contra su honor o prestigio, o de violación o divulgación de secretos en perjuicio del mismo, de su familia o de la entidad en cuya gestión intervenga o tenga interés”.
EI responsable de este delito será sancionado con prisión de tres a ocho años.
La Ley Contra la Delincuencia Organizada
Mientras que el Artículo 10 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada –LCDO-. Exacciones intimidatorias: “Quien, agrupado en la delincuencia organizada… solicite o exija la entrega de dinero u otro beneficio en la vía pública o en medios de transporte, será sancionado con prisión de seis a ocho años”.
Y el Artículo 11 de la LCDO. Obstrucción Extorsiva de Tránsito: “Quien, agrupado en la delincuencia organizada… solicite u obtenga dinero u otro beneficio de conductores de cualquier medio de transporte por permitirle circular en la vía pública… será sancionado con prisión de seis a ocho años”.