La Municipalidad de Guatemala emitió el Acuerdo COM-18-2022, para la condonación de intereses por mora de las multas de tránsito; así como las multas por retraso en pago de arbitrios.
El documento se encuentra en la edición de hoy del Diario de Centroamérica y establece los requisitos para que los vecinos que se encuentran esta situación opten a la condonación.
Multas de tránsito
La comuna establece condonar el cien por ciento de los intereses por mora de las multas de tránsito impuestas por la Policía Municipal de Tránsito de la Municipalidad de Guatemala del año 2014 hasta el 30 de junio de 2022.
Pero para optar a este beneficio se debe pagar la totalidad de la multa durante la vigencia del acuerdo. Así mismo se debe tomar en cuenta que esto no aplica a la multas cuyo pago se esté reclamando judicialmente.
Boleto de Ornato
En el caso del Boleto de Ornato el artículo 4 establece la disposición para regularizar la situación de las cuentas de dicho arbitrio correspondiente al 2022; la cual indica:
“Se aprueba, “por única vez”, permitir a los contribuyentes el pago de dicho arbitrio, condonándoseles las multas correspondientes, siempre que paguen la totalidad del mismo dentro del plazo de vigencia del acuerdo”.
Otros arbitrios
El artículo ocho del presente acuerdo fija la disposición para regularizar la situación de las cuentas en los casos de multas impuestas por el Juzgado de Asuntos Municipales de la comuna capitalina.
Así mismo en el artículo nueve indica que quedan excluidas de la condonación las sanciones impuestas con relación a establecimientos abiertos al público, es decir; hoteles, bares, restaurantes, discotecas, spa, tiendas con venta y/o consumo de bebidas alcohólicas.
También se incluyen las infracciones impuestas por hechos que atenten contra el ornato, limpieza y buenas costumbres; además de los casos que se encuentren en discusión en proceso contencioso administrativo o en proceso de cobro mediante procedimiento económico coactivo.
Servicio de agua de la Municipalidad de Guatemala
En esta disposición municipal también se incluye el servicio de agua potable.
El artículo diez dice que se aprobó por única vez, a todos los usuarios de la Empresa municipal de Agua de la Ciudad de Guatemala (EMPAGUA), la condonación temporal por concepto de mora e intereses por mora, causados por el incumplimiento en el pago de los servicios de agua potable y alcantarillado que presta dicha empresa.
Pero se podrá obtener el beneficio siempre que hagan efectivo el saldo adeudado en un solo pago, o celebren un convenio de pago, dentro del plazo de vigencia del presente acuerdo.
“En el caso de los usuarios que celebren convenio de pago y que incumplan el mismo, el beneficio a que se refiere el presente acuerdo quedará sin efecto”.
Vigencia
El presente acuerdo entra en vigencia el día siguiente a su publicación en el Diario de Centro América y tendrá valides hasta el 31 de julio de 2022.