El Ministro de Trabajo y Previsión Social, Rafael Rodríguez, se refirió al asueto del 30 de junio, el cual indicó, se debe otorgar el lunes tres de julio; ya que está establecido en ley. De esa cuenta ninguna entidad privada debe tomarlo a discreción y concederlo el viernes; de lo contrario estaría incurriendo en una falta a la ley.
Rodríguez explicó que con el objetivo de fomentar el turismo interno, el Congreso de la República aprobó reformas a la Ley de Promoción de Turismo Interno y como consecuencia el asueto para conmemorar el Día del Ejército se traslada del viernes al lunes, con lo cual habrá un fin de semana largo por así decirlo; ya que empieza desde el sábado y el lunes habrá asueto a nivel nacional.
¿Cuáles son las reformas que hizo el Legislativo?
En el 2018, el Congreso de la República aprobó cambios a la Ley Que Promueve el Turismo Interno (Decreto 42-2010 del Congreso).
De esa cuenta modificó el artículo 2 el cual quedó así:
“Con el objeto de promover el turismo nacional, cuando el día de asueto coincida en día martes o miércoles, se gozará el día lunes inmediato anterior, si ocurriera en día jueves, viernes, sábado o domingo, se gozará el día lunes inmediato siguiente”.
La normativa excluía varias fechas, y debido a una acción legal que se presentó ante la Corte de Constitucionalidad también fueron excluidos el 1 de mayo y el 20 de octubre; por lo que los asuetos que no tendrán modificación en su conmemoración son los siguientes:
*Uno de enero
*Medio día del Miércoles Santo
*Jueves y Viernes Santo
*1 de mayo
*10 de mayo
*15 de septiembre
*20 de octubre
*1 de noviembre
*Medio día del 24 de diciembre
*25 de diciembre
*Medio día del 31 de diciembre
*1 de diciembre
*El día de la festividad de la localidad