La corte de constitucionalidad declaró sin lugar un recurso de apelación interpuesto por el partido político movimiento Semilla, la agrupación política pretendía que no fueran investigados por el delito de lavado de dinero, como lo solicitó el MP.
La resolución se respaldó por los Magistrados:
- Nester Vásquez,
- Roberto Molina Barreto,
- Juan José Samayoa y
- Luis Rosales.
Pero el Magistrados suplente Rony López emitió un voto disidente, por lo que razonó su decisión, a criterio del togado sí era viable otorgar la apelación, porque tras la suspensión la agrupación política no podrían defenderse, ni presentar los informes financieros que son requeridos por la parte acusadora.
Argumentos de Semilla:
Los afectados aseguran que la audiencia en la que se autoriza que el MP pide información financiera fue UNILATERAL y ellos no fuero convocados, además por la suspensión y ahora cancelación de la personería jurídica se encuentran imposibilitados materialmente de brindar información financiera y contable como lo solicitó el Ministerio público, y por esa razón no pueden defenderse.
También aseguran que por la misma restricción, el secretario General y los secretarios generales adjunto, del comité ejecutivo nacional de la referida agrupación, no han podido renunciar a los cargos mencionados dentro del partido político y actualmente desempeñan cargos como funcionarios de organismo ejecutivo y debido a las mismas suspensión decreta.