La Corte de Constitucionalidad revocó el amparo que la Corte Suprema de Justicia le dio a Zury Ríos el pasado 13 de febrero. El Tribunal Supremo Electoral le negó la inscripción en una primera instancia, pero el partido Valor fue a la CSJ quien amparó a Zury Ríos. El Tribunal Supremo Electoral apeló ante la Corte de Constitucionalidad la inscripción.
La CC, en su resolución de este dio a conocer que
por mayoría, declaró con lugar el recurso de apelación instado considerando que en base al articulo 28 de la ley de amparo, exhibición personal y de Constitucionalidad las circunstancias no hacen aconsejable el otorgamiento de la protección interina solicitada por los postulantes del amparo. Como consecuencia, se revoca la decisión emitida por la Corte Suprema de Justicia de otorgar el amparo provisional en el presente asunto