La Corte de Constitucionalidad (CC) otorgó un amparo provisional en las acciones promovidas por diversos solicitantes en contra del Congreso de la República y el presidente de dicho organismo, Allan Rodríguez, esto debido a la aprobación de la Ley de Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo, así como la amenaza futura de que el Presidente de la República sancione el decreto 4-2020.
El máximo Tribunal en Guatemala, considera que dicho decreto conlleva amenaza de violación de Derechos Humanos, por lo que suspende el acto de aprobación del decreto legislativo 4-2020, el cual reforma la Ley de Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo, es decir fiscaliza los recursos destinados a las mismas por parte de sus donantes.
El derecho a la libertad de asociación esta reconocido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, así como en el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos y otros acuerdos a nivel internacional suscritos por el Estado de Guatemala. Por otro lado, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, también ha delineado que los derechos a la libertad de reunión y asociación brindan protección contra la interferencia del Estado y son fundamentales para la existencia y funcionamiento de una sociedad democrática.