Este lunes venció el plazo para que el Ejecutivo publicara en el diario oficial el Decreto 15-2020, el cual prohibe el corte de los servicios de luz, agua, telefonía e internet por falta de pago, mientras dure el estado de calamidad en el país.
Luego de que el Congreso rechazara el veto presidencial a esta norma, el Ejecutivo tenía ocho días, después de ser notificado, para proceder a su publicación, pero al no hacerlo, le corresponde al Legislativo cumplir con este paso.
Para ello, tiene un lapso de tres días. Así lo establece el artículo 179 de la Constitución Política de la República.
Una vez la normativa sea publicada cobrará vigencia.
Habría modificaciones
Sin embargo, varios parlamentarios han hecho ver la necesidad de plantear reformas, pues consideran que se debe proteger a las empresas que prestan los citados servicios.
Para que esto ocurra, tendría que presentarse una iniciativa de ley, la cual precisaría de ser aprobada en una sesión plenaria.