Se trata de la resolución en la que decretaron la suspensión provisional de las Disposiciones Municipales de Observancia General, contenidas en Acta Número 073-2020 del Consejo Municipal de la Municipalidad de San Marcos, departamento de San Marcos, vigente hasta el veintitrés de agosto.
Para resolver dicha acción que fue planteada por la Cámara de Comercio, los magistrados consideraron la Constitución Política de la República y la Ley de Orden Público, que indican que solamente las autoridades ahí establecidas –Presidente de la República y el Congreso de la República- son las que ejercen facultades para la disposición de las medidas contempladas, conforme los principios de proporcionalidad y razonabilidad, para cada uno de los casos de excepción dispuestos de conformidad con la ley.
La disposición
Desde el 11 de agosto, las autoridades locales decidieron cerrar el municipio de San Marcos durante 13 días, como medida de seguridad para contener el avance de la pandemia del Covid-19. Las disposiciones también contemplaban suspensión y limitación del transporte, cierre de mercados y plazas, y horarios restringidos para farmacias y tortillerías, entre otros.