La Corte de Constitucionalidad (CC) rechazó la apelación que planteó el Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral (TSE), contra la decisión de la Sala Primera de Apelaciones del Ramo Penal de no otorgar el amparo provisional al partido Movimiento Semilla.
La CC conminó al Tribunal de Amparo para que evalúe la resolución para determinar si se han violado derechos y otorgarlo en definitiva si corresponde.
El referido amparo fue planteado en contra del oficio del juez Freddy Orellana, quien inicialmente ordenó suspender la personería jurídica del partido Movimiento
La Corte agregó en su resolución, que el oficio impugnado únicamente es un acto de comunicación y por ende no podría ser impugnado pues no contiene las razones de fondo necesarias para solicitar el amparo como lo pretende el Registrador, Ramiro Muñoz.
Semilla busca apartar al juez séptimo
Por su parte, el partido Semilla presentó una acción legal para que el juez Séptimo Penal A, Fredy Orellana, abandone el caso contra de esa agrupación.
Semilla argumentó que la solicitud “se realiza para apartar del proceso al juzgador, porque se entiende que no está actuando de buena fe o de forma imparcial al suspender los derechos del agraviado en este proceso; sin brindar audiencia previa y sin resolver nada de lo que se ha solicitado”.