El leasing o arrendamiento de oficinas, locales comerciales, bodegas, almacenes u otras actividades inmobiliarias y habitaciones ahora esta regulado con la reciente aprobada “Ley de leasing”, que fue publicada este día en el Diario de Centro América, por medio del decreto 2-2021.
El proyecto fue presentado al Congreso de la República en septiembre de 2015, bajo el antecedente que Guatemala necesitaba una normativa para regular estos tipos de contratos.
En su momento, la Comisión de Economía, indicó que estarían ampliando las negociaciones para reducir el déficit habitacional del país el cual alcanza más de 1.6 millones unidades, la diferencia entre una hipoteca y un Leasing es el enganche.
A la fecha el arrendamiento financiero que se práctica, posee un marco legal que conlleva una figura crediticia que se convierte en varios vacíos legales y por ello muchas de las pequeñas y medianas empresas han perdido oportunidad de créditos.
En su redacción final, la Ley Leasing cuenta con 51 artículos que cobrarán vigor en los próximos 3 meses.
El legislativo publicó en el decreto que se considera “necesario crear un marco legal que dote de seguridad jurídica la forma en que se llevan a cabo operaciones de leasing, con el objetivo de fomentar la inversión y establecer mecanismos de acceso a crédito, especialmente para las pequeñas y medianas empresas”.
Estos son los objetivos, alcance de la ley, así como los derechos y obligaciones de las partes ►