La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), publicó una resolución en el diario oficial, donde se suspenden el cómputo de los plazos regulados en el código aduanero uniforme y su reglamento, derivado a los daños provocados por la Depresión Tropical Eta, a la red víal de la Región Nororiente del país, ya que actualmente “impide la locomoción y la realización de actividades normales en el sector público y privado”.
A detalle
En el primer punto, se declara:
La suspensión del cómputo de los plazos señalados en el Código Aduanero Uniforme Centroamericano y su Reglamento, con efecto de diferir dichos plazos a partir del 5 de noviembre de 2020, para las operaciones que se originen o sean destinadas, utilizando la Ruta CA-9 Norte, a las aduanas de Puerto Barrios, Santo Tomás Castilla, Melchor de Mencos, El Ceibo, La Ermita, integrada Agua Caliente, integrada El Florido e integrada Corinto, bajo la jurisdicción de la Gerencia Regional Nororiente.
¿Qué establece dicho código?
El Código Aduanero Uniforme Centroamericano tiene por objeto establecer la legislación aduanera básica de los Estados Parte conforme los requerimientos del Mercado Común Centroamericano y de los instrumentos regionales de la integración, en particular con el Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.
Los plazos establecidos en este Código y su Reglamento se entienden referidos a días hábiles, salvo disposición expresa en contrario. Cuando un plazo venza en día inhábil, se entiende prorrogado hasta el primer día hábil siguiente. Los plazos en meses y años se computarán de conformidad con lo establecido en el Reglamento.
Si quiere conocer a detalle el Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA) haga click aquí
El documento indica que la SAT, desarrollará las directrices que brinden orientación complementaria para la aplicación de la presente disposición a los usuarios internos y externos del Servicio Aduanero y emita la comunicación correspondiente.
Según se establece, el fin de esta resolución será anunciado por SAT, cuando considere necesario, mientras tanto, entrará en vigencia de forma inmediata.
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