A partir del lunes 16 de septiembre entró en vigencia una medida de ordenación que promueve la conservación de los recursos hidrobiológicos del lago de Atitlán, ubicado en el departamento de Sololá, Guatemala.
Dicha instrucción se encuentra en el marco del Acuerdo Ministerial No. 121-2024 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA), con vigencia de 3 años a partir del 16 septiembre de 2024.
Y se aplica para todos los pescadores del área en mención, quienes deben utilizar de forma exclusiva los implementos con las características que se citan en el referido acuerdo.
Herramientas específicas
La norma consiste en el uso de herramientas específicas, con medidas y características que permitan la protección del medio ambiente, siendo las siguientes:
- Líneas individuales con anzuelo no menor de 0.4 pulgadas, trampa o nasa con abertura no menor de 2.35 pulgadas, autorizándose el uso simultaneo de 10 nasas por embarcación.
- Arpón cuyas varillas podrán ser impulsadas por hule y no podrán poseer ningún tipo de explosivo o material contaminante; utilizando equipo autónomo de buceo desde las 5:00 horas hasta las 18:00 horas y a pulmón se podrá realizar en cualquier horario.
La idea de implementar una medida de ordenación nació por parte de la Asociación de Pescadores Chajil Chupup. Esta es la cuarta veda que se implementa en el área.
Es importante remarcar que el no cumplir con la medida de ordenación representa falta a la Ley General de Pesca y Acuicultura, por lo que serán aplicables las sanciones correspondientes que dicta la norma.