El Gobierno de Guatemala publica en el Diario Oficial el Acuerdo Gubernativo 271-2024, mediante el cual aprueba la distribución analítica del Presupuesto General de Ingresos y Egresos 2025 que aprobó el Legislativo mediante el decreto 36-2024.
Con la publicación de este decreto las instituciones tienen vía libre para la ejecución de la asignación correspondiente en la ley del presupuesto para este año, esto de conformidad con la ley orgánica del presupuesto, decreto 101-97, la cual establece que el Organismo Ejecutivo apruebe dicha
distribución.
De esa cuenta, el artículo 1 del presente acuerdo señala que se aprueba la distribución analítica del presupuesto para este año, por el monto de 148 mil 526 millones, 47 mil 690 quetzales, para la ejecución presupuestaria correspondiente.
De acuerdo con la aprobación y distribución del presupuesto, este año se priorizaron los sectores de salud, educación e infraestructura, tal como se en la siguiente distribución.
Asimismo, detalla la tabla de ingresos para el financiamiento del presupuesto y los diferentes procesos que deben realizar las instituciones públicas para su ejecución, entre estos solicitudes de programación y reprogramación de cuotas, modificaciones de metas físicas, control de la ejecución, resultados estratégicos e institucionales, entre otros.
Entre los aspectos que resaltan, están los siguientes.
Metodología y Ejecución por Resultados
El artículo 17 se refiere a este tema y establece que para cumplir con el artículo 14 de la ley del presupuesto general 2025, las instituciones descentralizadas y autónomas deberán continuar con la implementación de los Módulos de Presupuesto por Resultados (PpR) para el presente ejercicio fiscal, asimismo, en el caso de los Organismos del Estado deberán realizar las gestiones para avanzar con la implementación de los mismos, en ambos casos con la asesoría del Ministerio de Finanzas Públicas.
En el caso de las municipalidades esto se realizará de forma gradual, por lo que, el Sistema de Administración Financiera (SIAF) estará parametrizado para el uso de los Módulos indicados.
Solicitud de programación y reprogramación de cuotas financieras
Las solicitudes de programación y reprogramación de cuotas financieras que se realicen ante el Ministerio de Finanzas Públicas, para que sean sometidas a consideración del Comité de Programación de la Ejecución Presupuestaria (Copep), deben ser remitidas a nivel institucional, consolidando los comprobantes de las Unidades Ejecutoras que correspondan.
Vigencia
El presente Acuerdo Gubernativo tendrá vigencia del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025.