El Gobierno de Guatemala publicó este viernes 27 de diciembre el acuerdo 263-2024 que deroga el Acuerdo 258-2024 sobre el salario mínimo que regirá para 2025. Así mismo publica un nuevo acuerdo (264-2024) que establece los montos que estarán vigentes a partir del 1 de enero.
Según detalla la cartera de trabajo, esta nueva publicación se debe a correcciones que realizaron al acuerdo anterior.
Dichas correcciones son sobre los montos de salario mínimo para la actividad exportadora y de maquila, los cuales tienen variación. De esa cuenta los montos quedan de la siguiente manera:
Circunscripción económica 1 (departamento de Guatemala)
Salario mínimo para las actividades agrícola de la Circunscripción Económica 1 (CE1): Q107.79 diarios, lo cual equivale a Q3,593 al mes.
Actividades No Agrícolas CE1: 122.40 al día, para un total de Q3,723.05 mensuales.
Actividad Exportadora y de Maquila CE1: Se fija el salario mínimo para esta actividad, en Q111.86, lo cual constituye 3 mil 278.59 al mes.
Circunscripción Económica 2 (El resto de departamentos)
En el caso de la circunscripción económica 2, que comprende a los diferentes departamentos de Guatemala, queda de la siguiente manera:
Para la actividad agrícola, el salario mínimo es de Q112.99 diarios, para un total de Q3,436.86 mensuales.
En el caso de las actividades No Agrícolas de la CE2, el salario mínimo se fija en Q116.73 diarios, equivalentes a Q3,550.60 al mes.
Para la actividad exportadora y de maquila de la CE 2, el mínimo queda en Q101.83 diarios, por lo que el salario mensual será de Q3 mil 097.21.
Los otros artículos continúan vigentes y no sufrieron modificación de la publicación anterior.
Aplicación
El artículo 8 establece las medidas para la aplicación del sistema de salarios mínimos, que abarca temas como la verificación por parte de la Inspección General de Trabajo, que los trabajadores cuenten con registros actualizados de acuerdo con sus actividades y aplicación.
Así mismo establece el pago de la bonificación incentivo, la cual es adicional al salario mínimo fijado. También sanciones por incumplimiento, entre otros.
Vigencia
El presente acuerdo empieza a regir el uno de enero de 2025.