El Ministerio de Trabajo y Previsión y Social habilitará el envío de avisos patronales de manera electrónica a la Inspección General de Trabajo.
La medida fue anunciada mediante el acuerdo ministerial 222-2021 publicado en el Diario de Centroamérica; que da luz verde a la creación de la plataforma electrónica que permita este procedimiento.
A partir de la entrada en vigencia de la disposición, los patronos tendrán la opción de continuar enviando los avisos de manera presencial o bien, vía electrónica.
¿Cómo enviar avisos patronales de manera electrónica?
Para hacer uso de este recurso, los interesados deberán registrarse y completar los datos requeridos en la plataforma que estará disponible en la página web del Ministerio de Trabajo; y adjuntar en formato PDF los siguientes documentos:
*Fotocopia del Documento Personal de Identificación o pasaporte, en caso de ser extranjero del representante legal y/o propietario.
*Adjuntar fotocopia del documento que acredite la representación legal vigente o la calidad con la que actúa, si el empleador es una persona jurídica.
*Fotocopia de las Patentes de comercio de sociedad y Patente de comercio de empresa, según la naturaleza jurídica del emprendedor.
El siguiente paso es seleccionar el tipo de aviso y adjuntarlo en formato PDF debidamente firmado a través de firma electrónica avanzada o firma manuscrita.
Asimismo, señala que serán nulas por el derecho mismo, y no obligarán a los trabajadores, aunque se expresen en un convenio o en otro documento; las estipulaciones que impliquen renuncia, disminución, tergiversación o limitación de los derechos reconocidos a favor de los trabajadores; de acuerdo con las leyes del país o en los tratados internacionales ratificados por Guatemala en esa materia.
El empleador es responsable del envío, autenticidad y veracidad de los documentos adjuntos así como de su contenido, de conformidad con las normas aplicables en la materia”.
Excepciones
En el caso de que en el listado de avisos patronales que aparezcan en la plataforma, no se encuentre alguno que se apegue a la naturaleza jurídica de la gestión a enviar, el patrono deberá elaborar su propio aviso y entregarlo de manera presencial.
Asimismo, se tendrán por no recibidos los avisos y documentos adjuntos y enviados de manera electrónica, que vayan dirigidos a otras direcciones y unidades del ministerio; tal es el caso de lo referente a organizaciones sindicales.
Constancia de recepción de los avisos patronales
La Inspección General de Trabajo remitirá de manera automática una constancia de recepción del aviso enviado por el patrono, el cual tendrá un código de respuesta rápida (QR).
La presentación del aviso patronal no excluye la obligación de la Inspección General de Trabajo de verificar que los procedimientos disciplinarios se hayan llevado a cabo de conformidad con la ley”.
Resguardo físico de documentos
El acuerdo también indica que es obligación de los patronos resguardar de manera física toda la documentación relacionada con los avisos que presente ante la Inspección General de Trabajo; en tanto que ésta lo hará de manera electrónica.
Vigencia
El presente acuerdo ministerial entrará en vigencia a partir del 2 de agosto de 2021.