La Inspección General de Trabajo (IGT) del Ministerio de Trabajo y Previsión Social (Mintrab), inició con los operativos para verificar el pago del aguinaldo.
La cartera indicó que de acuerdo a la planificación, los operativos de vigilancia se desarrollaran a nivel nacional.
Por ello, se plantearon dos fases que constan de lo siguiente:
-la primera se efectuará del 15 de diciembre a la primera quincena de enero
-la segunda comienza a partir de la segunda quincena de enero
Esto debido a que algunos empleadores acostumbran a hacer el pago en su totalidad en diciembre y otros prefieren dividirlo.
Aguinaldo, prestación irrenunciable
Según el Mintrab, el aguinaldo representa una prestación irrenunciable del trabajador y que debe pagarse en la primera quincena de diciembre o la primera de enero.
Además, es considerado un salario adicional que se recibe de conformidad con la ley y que debe pagarse en la primera quincena de diciembre o la primera de enero.
En caso de reportar que una empresa está incumpliendo con este derecho, se procederá a sancionar con las medidas correspondientes regidas en el Código de Trabajo.
Las medidas pueden ser el pago de 8 a 18 salarios mínimos, según la falta que se esté cometiendo.
Esto se debe a que durante los operativos los inspectores fijan una fecha de pago y el empleador procede a hacerlo efectivo.