El pleno de magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) denegó un amparo al vicepresidente Guillermo Castillo, quien buscaba dejar sin efecto una resolución de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que dio trámite a una solicitud de retiro de antejuicio en contra del funcionario.
El trámite de antejuicio se dio en julio del 2020 y ahora queda en manos del Congreso conocer el expediente del vicemandatario para hacer un análisis y determinar si debe o no retirarle el derecho de antejuicio y de una eventual investigación.
La CC señaló que “lo anterior en virtud que del estudio de las constancias procesales, este Tribunal establece que la Corte Suprema de Justicia, al emitir el acto reclamado, no ocasionó vulneración alguna a los derechos del postulante, en tanto que al admitir para su trámite las diligencias de antejuicio, se limitó, conforme al correcto ejercicio de sus atribuciones, a establecer la existencia o no de motivaciones espurias, políticas o ilegítimas en el planteamiento de la denuncia presentada en su contra”.
De acuerdo a la Ley en Materia de Antejuicio, el proceso de retiro de inmunidad en el artículo 17 establece que el Congreso de la República debe conocer los antejuicios promovidos contra un dignatario o funcionario que, por razón del cargo goce de ese derecho, después de haberse inhibido un órgano judicial de continuar instruyendo proceso por tal razón y habiéndose recibido los autos para su conocimiento.
Además, según el artículo 16 de esta Ley, la Junta Directiva deberá hacer saber al pleno del Congreso que en próxima sesión ordinaria, que se celebrará no más de ocho días después de su recepción, iniciará el trámite.