La Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI), confirmó este jueves 28 de noviembre que se por orden judicial se canceló la personalidad jurídica del partido político Movimiento Semilla.
Esta orden emanó del Juzgado Séptimo Penal que esta a cargo del juez Fredy Orellana.
La resolución de cancelación al Partido Movimiento Semilla surge luego de los planteamientos y sustentos hechos por el Ministerio Público y sentencias condenatorias dictadas en la vía del procedimiento especial de aceptación de cargos en contra de Ligia Hernández, entre otras personas.
Además de informes de Auditoría del TSE y reportes de transacciones sospechosas.
Hernández fue condenada por los delitos de Financiamiento Electoral no Registrado y de la fiscalización electoral de fondos.
Leyes que aplica el Juez para la cancelación
La resolución judicial por medio de la cual se decretó la cancelación definitiva de la personalidad jurídica se basó en la Ley del Organismo Judicial, el Código Procesal Penal, Civil y Mercantil y la Ley contra el Lavado de Dinero.
FECI destaca integración de normas
La Fiscalía expresó, “La FECI hizo una integración de normas del tema penal de la república de Guatemala y, a raíz de eso, de la integración de esas normas, del artículo 82, del Código Procesal Civil Mercantil, de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, del Código Penal, del Código Procesal Penal, se solicitó la cancelación de la personalidad jurídica del partido político Movimiento Semilla y en su momento del grupo promotor Movimiento Semilla”.
Además, dicho Juzgado procedió a la notificación al Tribunal Supremo Electoral y al Organismo Legislativo, sobre la cancelación del partido que llevó a la presidencia a Bernardo Arévalo.