Mediante el Acuerdo Ministerial 23-2020 el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, declara época de Veda Temporal para la captura de los peces de las familias Scaridae (Peces Loro), Chaetodontidae (Peces Mariposa), Pomacanthidae (Peces Ángel) y Acanthuridae (Peces Cirujano).
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- Pez Loro
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- Pez Ángel
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- Pez Mariposa
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- Pez Cirujano
El período de veda o prohibición para la captura de estas especies se establece en el área geográfica de la Bahía de Amatique, Bahía de Santo Tomás de Castilla.
Desembocadura de Río Dulce, Desembocadura del Río Sarstún, Bahía La Graciosa, Bahía Santa Isabel, Canal Inglés. Así como en la zona Marina expuesta de Punta de Manabique, en el Mar Caribe-Océano Atlántico.
En cuanto al período de prohibición, el acuerdo establece que será de un período de cinco años, contados a partir del 30 de abril del 2020 y finalizará el 30 de abril del 2025.
Justificación
El MAGA señala que “al prohibir la captura de las especies, se está proponiendo implementar una estrategia de protección y conservación que beneficia directamente al hábitat de muchas especies de interés comercial” por lo que a su vez beneficiará la economía de los pescadores artesanales que aprovechan las especies comerciales.
Asimismo consideró que de acuerdo a su mandato es su deber “aplicar ampliamente el criterio de precaución en la ordenación de los recursos pesqueros con el fin de protegerlos y de preservar el medio ambiente, mediante el establecimiento de acciones que permitan proteger el mismo, a través del aseguramiento de la presencia de los peces en referencia.
Inobservancia de la veda
El artículo 5 del acuerdo establece que quien incumpla con lo establecido en el presente acuerdo, también incurre en incumplimiento de la ley de Pesca y Acuicultura y será sancionado según lo establece el artículo 81, numeral I de la misma ley.
El Acuerdo Ministerial empezará a regir a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.
