Representantes del Ministerio Público (MP), consideran que sería importante endurecer las penas contra “Coyotes”.
Esto se enmarca en la Iniciativa de Ley que presentó el pasado viernes 14 de enero, por parte del Ejecutivo y que busca endurecer las penas contra los traficantes de personas, conocidos como “Coyotes”.
Congreso aprobó la segunda lectura
El Congreso de la Republica celebró este martes (25 de enero), la cuarta sesión ordinaria adicional y aprobó la segunda lectura de los cambios a la Ley de Migración
Los diputados pasaron en segundo debate el decreto número 95-98 del Congreso de la República Ley de Migración presentada por el Organismo Ejecutivo, que pretende incrementar las penas de 10 a 30 años de prisión a los traficantes, actualmente las condenas son de 5 a 8 años.
Reformas solicitadas
Puntualmente la propuesta de reformas abarca tres puntos y se trata de los artículos 103, 107 BIS y 108.
El primero pide aumentar las penas de prisión de 10 a 30 años por el delito de tráfico ilícito de personas establecido en el artículo 103, la legislación actual establece que las penas van de 5 a 8 años de cárcel.
En ese sentido se hace énfasis que este cambio, pide responsabilizar a toda la estructura que forma el andamiaje de tráfico ilegal de personal. Es decir, a todas aquellas personas que participan directa o indirectamente, obteniendo un beneficio económico u otro de orden material.
Principalmente porque durante los últimos años se ha observado un incremento en el flujo de migrantes extranjeros, que han sido capturados en territorio guatemalteco. En este tipo de actos han participado varias personas que prestan servicios de transporte y alojamiento entre otros.
De aprobarse los cambios solicitados, estas personas enfrentarían penas de prisión de entre 10 a 30 años.
El segundo cambio pide penalizar legalmente a toda aquella persona que genere o participe directa o indirectamente en el tráfico ilegal de guatemaltecos, establecido en el artículo 107 BIS. Es decir, a todos aquellos que, dentro de los límites territoriales del país, capten, alojen, oculten, trasladen o transporten por cualquier medio a guatemaltecos, en busca de llevarlos de forma ilegal fuera de sus fronteras.
Finalmente se pide la inclusión de tráfico ilícito de personas en circunstancias agravantes contenidas en el artículo 108 de la Ley de Migración y sus reformas. Es decir, aumentar en dos terceras partes la pena, para quienes se vean involucrados en el tráfico ilegal de menores de edad, mujeres embarazadas, si los involucrados son funcionarios o empleados públicos, inclusive notarios que han sido parte de redes de trata de personas, si el migrante es privado de su libertad en territorio internacional o fallece, entre otros.
En este último punto es importante destacar que algunos Coyotes destacan que la persona que contrata sus “servicios” lo hace bajo su total consentimiento, por lo que, al fallecer en el trayecto, tal situación se deslinda de sus responsabilidades que son únicamente “guiarlos” hasta cierto punto y facilitar transporte y alojamiento.