El Congreso de la República de Guatemala inició el pleno de este marte 26 de noviembre del 2024, la aprobación del PRESUPUESTO 2025 era lo planificado, sin embargo, se presentó una moción privilegiada para que de urgencia nacional se reformara de URGENCIA NACIONAL la Ley Contra la Delincuencia Organizada.
Con 128 votos a favor se reformó el articulo 82 de la Ley del Contra la delincuencia, El diputado Samuel Pérez, indicó que ahora el partido Semilla podrá presentar los recursos necesarios para buscar restituir los derechos del partido.
Reformas:
REFORMA AL ARTICULO 82 DE LA LEY CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA, DECRETO NÚMERO 21-2006 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Artículo 1.
Se reforma el artículo 82 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, Decreto Número 21-2006 del Congreso de la República, el cual queda redactado de la forma siguiente:
“Artículo 82. Suspensión provisional de las inscripciones de las personas jurídicas.
Se podrán suspender provisionalmente durante la sustanciación del proceso penal, con autorización judicial por un plazo no mayor de un año, las inscripciones de personas jurídicas, sus patentes, permisos y licencias que hayan sido extendidas legalmente, cuando hubieren sido utilizadas para cometer en cualquier forma un hecho ilícito de los establecidos en la presente Ley.
Las disposiciones de este artículo no son aplicables a las personas jurídicas de derecho público sujetas a normativa específica o a leyes de rango constitucional.
Tampoco son aplicables a las organizaciones políticas, las cuales, para efectos de suspensión y/o cancelación, están únicamente sujetas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos.”
Artículo 2.- Vigencia. La presente ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.
Reacción del Presidente de la República:
Minutos después de la aprobación de las reformas a la Ley Contra el Crimen Organizo, el Presidente Bernardo Arévalo publicó el siguiente mensaje.