Desde el mediodía del miércoles 17 de abril hasta las 24:00 horas del domingo 21 estará prohibida la circulación de transporte de carga pesada en el territorio nacional.
Así se establece en el Acuerdo Ministerial 376-2019, emitido por la cartera de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, esta semana.
La restricción está enmarcada en las medidas de prevención que por el descanso de Semana Santa ponen en marcha anualmente las autoridades estatales.
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De acuerdo con la normativa, se exceptúa de esta disposición a los vehículos que trasladan productos perecederos, combustibles, bebidas y alimentos. Esto propiciará que puedan trasladarse sin problemas.
Los permisos
En el acuerdo también se establece, que las unidades de transporte pesado podrán transitar del kilómetro 290 de la carretera CA-9 Norte a las instalaciones de la terminal ferroviaria de Puerto Barrios y Puerto Santo Tomás de Castilla.
Las que circulen por la CA-9 Sur podrán dirigirse desde el Kilómetro 80 al Puerto Quetzal, a los kilómetros 104 y 114 en esa misma ruta.