El Ministerio de Gobernación publicó este jueves el reglamento para la ley de búsqueda inmediata de mujeres desaparecidas, un mecanismo que pretende accionar de forma inmediata un protocolo de búsqueda y evitar violaciones a los derechos humanos de las víctimas.
Para tal efecto se implementará una Coordinadora Nacional de Búsqueda Inmediata, el cual estará integrado por un conjunto de organizaciones multidisciplinarias y entidades no gubernamentales.
Las autoridades serán electas por la Asamblea de la Coordinadora por un periodo de dos años.
Además, se estableció que en este mecanismo de búsqueda participan distintos equipos de búsqueda, socorristas, equipos locales, de seguridad y diversas entidades en virtud de atender una denuncia de desaparición.
También participa el Instituto Guatemalteco de Migración quien hará la acciones necesarias con sus homólogos de los países fronterizos, con el objetivo de establecer un posible uso de esos espacios migratorios para la salida de una mujer desaparecida.
También se debe crear y resguardar un banco de datos, con información relacionada a alguna victima por desaparición.
El reglamento indica que todo los datos y registros de todas las pruebas científicas son consideradas confidenciales y serán conservadas por tiempo indefinido.
El presente acuerdo entró en vigencia este mismo jueves, al ser publicado en el diario oficial.