Dentro del informe circunstanciado que remitió el Registro de Ciudadanos a la Sala Sexta del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, se detalla que fue documentada e inscrita la segunda asamblea nacional del partido Prosperidad Ciudadana (PC).
En el inciso “F”, del informe recibido por la Sala el miércoles por la tarde, se indicó que “La Dirección General del Registro de Ciudadanos con base en el dictamen emitido por el Departamento de Organizaciones Políticas de Ciudadanos”, ordenó la inscripción de la certificación del acta (1-2022), en ella se documenta la segunda asamblea nacional ordinaria de PC.
Sin embargo, se hizo saber que, PC cumplió con los requisitos establecidos en la Ley Electoral y de Partidos Políticos, en cuanto a la celebración de la asamblea nacional, que incluye quórum de delegados y representación.
A excepción del apartado “A” descrito en el dictamen (DOP-D-95-2022 SAEA/yec) de fecha 5 de diciembre de 2022 emitido por el Jefe del Departamento de Organizaciones Políticas
Dicho dictamen hace saber que PC incumplió con los requisitos que regulan la celebración de la asamblea, tales como “se omitió presentar los informes económicos, listado de firmas de los delegados presentes a la asamblea nacional y se incumplió con la representación de minorías, que determina la norma”.
El contexto del amparo interpuesto
Este informe circunstanciado es en relación al caso que mantiene en vilo la candidatura del presidenciable, Carlos Pineda.
La Sala Sexta dio trámite al amparo presentado por el partido Cambio, en contra de la segunda Asamblea Nacional del partido Prosperidad Ciudadana.
El amparo se interpuso bajo el argumento que la asamblea nacional ordinaria de PC no es legal y solicita que se suspenda la participación de su binomio presidencial.
Esta Sala ahora analiza la documentación para luego emitir un fallo que otorgue o no el amparo provisional.