El Arzobispo Metropolitano de Santiago de Guatemala, Gonzalo de Villa y Vásquez SJ informó que:
Sabiendo que el Sacramento de la Penitenciaria y la Reconciliación es el medio por el que los files pueden acercarse a la misericordia de Dios y recibir el perdón de pecados.
Según la norma canónica “Todo fiel que haya llegado al uso de razón está obligado a confesar fielmente sus pecados graves al menos una vez al año”.
Ha solicitado a los sacerdotes de la Arquidiócesis que, en medio de las restricciones que se han impuesto por la situación de pandemia, recibir en este sacramento a los fieles que sea posible.
Es evidente que después de un año ha sido imposible escuchar la confesión de toso los fieles (propia culpa) y más aún en este tiempo cuaresmal, se ha impedido realizarlas, para recibir la Eucaristía de la Pascua.
Ante la grave dificultad expuesta y sabiendo que continua el peligro de contagio del Covid-19, como permite la norma canónica que existen condiciones necesarias para autorizar que, excepcionalmente, en la próxima celebración del Domingo de Ramos y el Jueves Santo, todos los sacerdotes presentes en la Arquidiócesis puedan dar la Absolución General.
Siguiendo, para su validez, lo que requerido por Misericordia Dei 7:
a) Que se exonere antes a los fieles a cada uno haga su examen de conciencia y acto de convicción.
b) Se les haga saber que “para que un fiel reciba válidamente la absolución sacramental dada a varios a la vez, se requiere no sólo que esté debidamente dispuesto, sino que se proponga a la vez hacer su debido tiempo confesión individual de todos los pecados graves que en las presentes circunstancias no ha podido confesar de ese modo”. Entendiéndose que el debido tiempo para la confesión individual será hasta que haya condiciones seguras para la actividad ordinaria de los confesores y los penitentes.
c) Adviértase que no pueden recibir válidamente la absolución los penitentes que viven habitualmente en estado de pecado grave y no tienen intención de cambiar su situación.
