La Corte de Constitucionalidad resolvió, de manera unánime, otorgar el amparo provisional en contra de la resolución emitida por la Corte Suprema de Justicia que ordenó remitir al Congreso de la República, las diligencias de antejuicio promovidas contra los Magistrados de la Corte de Constitucionalidad Bonerge Amílcar Mejía Orellana, Gloria Patricia Porras Escobar y José Francisco De Mata Vela.
La consecuencia de esto es la suspensión de la decisión de la Corte Suprema de Justicia y deja sin efecto toda actuación tendiente a la persecución de los Magistrados de la Corte de Constitucionalidad, en las diligencias de antejuicio relacionadas. Es decir los expedientes de los magistrados antejuiciados no los debe conocer el Congreso de la República.
El Pleno fue presidido por el Magistrado Neftaly Aldana Herrera e integrado por los Magistrados Suplentes, Henry Philip Comte Velásquez, María Cristina Fernández García y José Mynor Par Usén. Asimismo, se integró, por sorteo obligatorio, por el Magistrado José Francisco De Mata Vela. Lo anterior, por ausencia de la Magistrada Presidenta, Dina Josefina Ochoa Escribá, y las
inhibitorias presentadas por los Magistrados Bonerge Amílcar Mejía Orellana, Gloria Patricia Porras Escobar, José Francisco De Mata Vela y María de los Ángeles Araujo Bohr.