Los carniceros Gabriel Alexander Cosme Contreras de 19 años, Bersabi Contreras López de 30 y Francisco Ricardo Delgado Donis de 32 fueron detenidos por agentes de la Policía Nacional Civil (PNC), de la subestación de Nueva Santa Rosa, cuando cargaban un picop con dos canastas de plástico con carne que se presume es de caballo.
El parte policial señala que se pudo observar evidencias de que momentos antes, los detinos habían destazado al animal a la orilla del Río La Joya, ubicado en la aldea del mismo nombre en San Isidro, Nueva Santa Rosa. También señala que al notar la presencia de los agentes, los individuos comenzaron a lanzar los restos del animal al río, pero se pudo rescatar la cabeza que quedó atrapada entre matorrales.
Tras la inspección del vehículo identificado con número de placa P-126DPB, los agentes incautaron herramientas que se utilizan para destazar ganado; un hacha, cuatro cuchillos y dos limas.
El documento también refiere que los tres capturados son originarios y residentes del municipio de Santa Catarina Pinula de la ciudad de Guatemala, por lo que fueron trasladados al Juzgado de Paz correspondiente.
Sanciones por maltrato animal
El Decreto 5-2017, Ley de Protección y Bienestar Animal establece en su capítulo II, las infracciones por actos de maltrato animal. El artículo 61, inciso a) cataloga como infracciones muy graves “causar cualquier daño hacia los animales por medio de cualquier acto de crueldad”. En tanto que en el artículo 62 se considera una infracción gravísima “causar la muerte de un animal con procedimientos que generen o prolonguen el sufrimiento”, infracciones para las cuales establece el pago de una multa de 8 salarios mínimos mensuales cuando son “muy graves” y de 12 salarios mínimos mensuales para las “gravísimas”.