El Tribunal Supremo Electoral publicó el Acuerdo 333-2020 el cual establece que las organizaciones políticas ya pueden solicitar las cuotas de financiamiento público correspondiente a los años 2020 y 2021.
En el artículo 1ro. se recuerda a las agrupaciones que para recibir el aporte debe cumplir con lo establecido en el artículo 21 Bis de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, por lo que deberán acompañar a su solicitud de pago, la certificación del acta del Comité Ejecutivo Nacional con el detalle de la distribución del financiamiento, así como el recibo de cobro extendido por el partido político, por la cantidad indicada correspondiente al año con la firma legalizada del secretario general ante Notario.
El artículo 2 de dicho acuerdo señala que la Dirección de Finanzas del ente electoral requerirá de oficio a las dependencias correspondientes los requisitos establecidos en el artículo 19 del acuerdo 306-2016 del Tribunal Supremo Electoral, las cuales deberán informar de manera inmediata, de conformidad con lo establecido en el acuerdo 325-2020 de dicho Tribunal.
Vigencia
El presente acuerdo entra en vigencia inmediatamente.
¿Qué dice el acuerdo 325-2020?
Como consecuencia de la situación del país por la pandemia del COVID-19, el Tribunal Supremo Electoral emitió el acuerdo 325-2020, con fecha 30 de septiembre, por medio del cual se concedió el plazo de un año para que las organizaciones políticas normalizaran las gestiones administrativas pertinentes ante el Tribunal.
Además dicho instrumento legal establecía que las agrupaciones debían realizar sus asambleas municipales, departamentales y nacionales del 1 de octubre al 30 de septiembre de 2021.
Puede consultar el documento en la edición legal del Diario de Centroamérica