Los edictos deben publicarse de manera digital en el Portal Electrónico del Diario de Centroamérica, tal como lo establece el primer párrafo del artículo 3 de la ley de Avisos Electrónicos aprobada por el Congreso de la República en el 2018.
La norma estuvo suspendida durante más de 2 años debido a una impugnación que logró que la Corte de Constitucionalidad la suspendiera de manera provisional desde marzo de 2019.
Sin embargo, esta queda sin efecto de conformidad con la resolución final publicada este viernes por la Corte de Constitucionalidad (CC).
De esa cuenta los interesados deberán cumplir con publicar los edictos en el Portal Electrónico del Diario de Centro América, acción que suprime la obligación de hacerlo en el Diario Oficial, Diario de Centro América o diario de mayor circulación.
Este es el párrafo que vuelve a cobrar vigencia:
A partir de la creación del Portal Electrónico del Diario de Centro América, se suprime la obligación contenida en cualquier ley, reglamento o disposición que ordene una publicación en “Diario Oficial”, “Diario de Centro América” o “diario de mayor circulación”, la que se sustituirá por la obligación de publicar en el Portal Electrónico del Diario de Centro América.
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- Este es el decreto de Avisos Electrónicos aprobada en 2018.
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